Como titular de una administración de loterías, es fundamental comprender las obligaciones y responsabilidades tanto de sus empleados como de su negocio en relación con la gestión de boletos de los clientes.
1. ¿Está obligado mi empleado a copiar los boletos que le entregan los clientes?
Podemos decir que no existe una obligación legal específica que imponga a los empleados de una administración de loterías la tarea de copiar los boletos que los clientes les entregan. Sin embargo, si existe una obligación contractual, la normativa de SELAE – en las condiciones de juego- de forma expresa, impone esa obligación, se trata una práctica común y recomendable realizar copias o registros de los boletos, especialmente cuando se trata de participaciones compartidas o encargos especiales, para llevar un control adecuado y prevenir posibles conflictos futuros.
2. ¿Qué sucede en caso de error al copiar los boletos?
Si se produce un error al copiar un boleto, las consecuencias pueden variar según la naturaleza del error:
▶ Errores que no afectan al resultado del sorteo: Por ejemplo, una copia con datos incorrectos pero que no influyen en la validez del boleto original. En este caso, el boleto original sigue siendo válido, y el error en la copia puede considerarse una negligencia administrativa.
▶ Errores que afectan al resultado del sorteo: Si el error implica la emisión de un boleto con números incorrectos o la omisión de una participación acordada, podría generar reclamaciones por parte del cliente, alegando incumplimiento del servicio o pérdida de oportunidad de premio.
3. ¿Cómo puedo protegerme ante estos errores?
Para minimizar riesgos y proteger su negocio, se recomienda:
▶ Implementar procedimientos internos claros: Establezca protocolos detallados para la gestión y copia de boletos, asegurando que los empleados verifiquen cuidadosamente la información antes de emitir copias o registros.
▶ Formación del personal: Capacite a sus empleados en la importancia de la precisión y la atención al detalle en la gestión de boletos, así como en el manejo de situaciones de reclamación.
▶ Documentación y registros: Mantenga un registro detallado de todas las transacciones y copias realizadas, incluyendo firmas de los clientes cuando sea pertinente, para disponer de evidencia en caso de disputas.
▶ Seguro de responsabilidad civil: Considere contratar un seguro que cubra posibles errores administrativos o negligencias que puedan derivar en reclamaciones por parte de los clientes.
Es importante destacar que, aunque no existe una normativa legal específica, aunque si contractual, que obliga a copiar los boletos de los clientes, la adopción de estas medidas puede ayudar a prevenir conflictos y proteger tanto a su negocio como a sus clientes.
En el ámbito de las Administraciones de Loterías, el Convenio Colectivo Sectorial de Ámbito Estatal establece las responsabilidades y funciones de los empleados. Aunque no se menciona explícitamente la obligación de copiar boletos entregados por los clientes, las tareas relacionadas con la gestión y emisión de boletos forman parte de las funciones habituales del personal.
Funciones y responsabilidades de los empleados:
El convenio define las categorías profesionales y las funciones asociadas a cada una. Por ejemplo, los empleados de Administraciones de Loterías tienen entre sus responsabilidades la atención al público, la venta de boletos y la gestión de operaciones relacionadas con los juegos de azar. Estas funciones implican la manipulación y, en ocasiones, la reproducción de boletos para garantizar un servicio adecuado al cliente.
Procedimientos internos y formación:
Para minimizar errores en la copia o gestión de boletos, es recomendable que la empresa establezca procedimientos internos claros y proporcione formación adecuada al personal.
Esto incluye la implementación de protocolos de verificación y la utilización de herramientas que reduzcan la posibilidad de errores humanos.
Cobertura ante errores:
En caso de errores al copiar boletos, la empresa puede protegerse mediante:
▶ Seguros de responsabilidad civil: Contratar pólizas que cubran posibles reclamaciones derivadas de errores en la gestión de boletos.
▶ Documentación detallada: Mantener registros precisos de las transacciones y copias realizadas, incluyendo la firma del cliente cuando sea necesario, para disponer de evidencia en caso de disputas.
▶ Comunicación transparente: Informar a los clientes sobre los procedimientos y las medidas adoptadas para garantizar la precisión en la gestión de sus boletos.
Es esencial que la empresa y sus empleados comprendan y cumplan con las disposiciones del convenio colectivo y las normativas aplicables para asegurar un servicio de calidad y minimizar riesgos asociados a errores en la gestión de boletos.
Para más información, se puede exponer un Disclaimer que se puede utilizar para informar a los clientes sobre su responsabilidad de verificar los boletos antes de retirarse de la ventanilla:
A modo de ejemplo mostramos una TRANSCRIPCION NORMATIVA SELAE:
11ª. 1.- Las apuestas podrán formularse en este sistema de las siguientes formas:
a) Mediante la presentación en un establecimiento autorizado para su lectura por el terminal de los boletos-octavillas editados al efecto por SELAE, en el que se hayan consignado los pronósticos de acuerdo a las normas 18ª a 24ª. En este caso el boleto se utiliza únicamente como soporte de la lectura, por lo que carece de otro valor.
b) Tecleando los pronósticos directamente sobre el terminal por el gestor del punto de venta.
c) Mediante la solicitud de apuestas formuladas al azar por el terminal, modalidad denominada “automática”.
d) Si se elige esta forma, el participante puede solicitar que las apuestas sean formuladas por el método de apuestas sencillas, en cuyo caso puede solicitar desde 2 hasta 8 apuestas, ambas inclusive, según establece la norma 20ª, o bien puede solicitar que sean formuladas por el método Múltiple Directo según establecen las normas 21ª y 22ª, indicando el número de dobles y triples de entre los autorizados según la tabla incluida como Anexo I y, además, indicar si el Pleno al 15 lleva uno, dos, tres o cuatro signos en cada uno de los dos equipos. La apuesta en la modalidad adicional Elige 8 será sencilla si el primer bloque de La Quiniela contiene una apuesta sencilla; o múltiple si el primer bloque contiene una apuesta múltiple y el participante desea incluir alguno de esos doble y/o triple en su Elige 8. En ambos casos las apuestas le serán asignadas de forma aleatoria.
2.- El participante deberá abonar el importe de las apuestas efectuadas antes de la entrega del resguardo o, en su caso, resguardos, emitidos por el terminal.
3.- Las apuestas formuladas las transmitirá el terminal al Sistema Central que las registrará en un soporte informático. A continuación, el terminal expedirá uno o varios resguardos, en los que constarán los siguientes datos:
– Tipo de Juego.
– Pronósticos efectuados.
– Fecha de la jornada o semana en que participa.
– Número de apuestas.
– Importe de las apuestas jugadas.
– Números de control.
12ª. El participante es el único responsable de la correcta cumplimentación de su boleto y deberá comprobar en el momento de recibir el resguardo si las apuestas y los pronósticos contenidos en él son de conformidad, además de que han sido impresos correctamente los datos que establece la norma 11ª.3.
En conclusión, la consulta se trata más de un aspecto comercial y marketing, que puramente legal. La obligación nace del contrato de servicio con SELAE y sus normas de participación. Sobre la posibilidad de prosperar una demanda por parte de un cliente, si se cubren las indicaciones mencionadas y la exposición del disclaimer, el gestor de punto de venta desde un punto de vista jurídico estaría cubierto legalmente, recayendo la carga de la prueba en el cliente.
Asesoría Jurídica Anapal 2024
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