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¿Sabes lo que es el MEI? ANAPAL Responde!

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¿En qué consiste el mecanismo de equidad intergeneracional que hay que aplicar en las nóminas?

El mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) en una cotización adicional (no un impuesto) que tiene como finalidad preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social en el largo plazo (L 21/2021 disp.final.4ª). Sustituye al derogado factor de sostenibilidad, cuya implantación no llegó a producirse.

Esto supone que, a partir del 1 de enero de 2023 y hasta 2032, se efectuará una cotización adicional del 0,6%, que se distribuirá de la siguiente forma:

  • el 0,5% a cargo del empleador y el 0,1 % a cargo del trabajador.

Este porcentaje se aplica a la base de cotización por contingencias comunes, en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.

A partir de 2032 y con una periodicidad trienal, se verificará el nivel de gasto que habrá en 2050 considerando ciertos informes y previsiones («Ageing Report» de la Comisión Europea u otros documentos análogos). En función de esa información, se tomarán decisiones.

¿Cómo es el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos?

A partir del 1 de enero de 2023, los autónomos pasan a cotizar en función de los rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales (RDL 13/2022).

Para ello, deben comunicar una previsión de los rendimientos previstos, a través del portal Importass de la TGSS. Para su cálculo se toman en cuenta los rendimientos netos obtenidos de todas las actividades como autónomo y al resultado se descuentan un 7% en concepto de gastos, o el 3% para los socios o administradores de sociedad.

En función de esta previsión de ingresos comunicada, el trabajador autónomo debe elegir una base de cotización, comprendida entre las bases mínima y máxima de cotización que correspondan a su tramo de ingresos conforme a la tabla general o reducida de bases. A lo largo del año puede modificarla hasta 6 veces para ajustarla a la evolución de su previsión de rendimientos. En todo caso, las bases elegidas tienen carácter provisional, hasta que se proceda a su regularización a partir del ejercicio siguiente en función de los rendimientos anuales obtenidos y comunicados por la Administración tributaria. La Seguridad Social , mediante órgano competente podrá de oficio actualizar las cotizaciones.

La cuota a ingresar resulta de aplicar a la base elegida, los tipos de cotización por las distintas contingencias. No obstante, se establece una cuota reducida para los autónomos que causen alta inicial en el RETA o nueva alta tras 2 años de baja o 3 años de haber sido beneficiario con anterioridad. También para el autónomo con discapacidad o víctima de violencia de género o de terrorismo.

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